TS. Empresa que da ocupación a tiempo parcial a una trabajadora perceptora de prestaciones de desempleo antes de cursar su alta en la Seguridad Social. ¿La infracción es grave o muy grave?
Enviado por Editorial el Vie, 04/04/2025 - 08:13Infracciones y sanciones en el orden social. Empresa que da ocupación a tiempo parcial a una trabajadora que es perceptora de prestaciones de desempleo, antes de cursar su alta en Seguridad social. Graduación de la falta.
Para la resolución del caso hay que partir del presupuesto que se desprende del artículo 282.1 de la LGSS, que admite la compatibilidad de la percepción de prestaciones de desempleo con el trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial. Atendiendo a esta consideración, la tipificación adecuada de la infracción no puede ser la de falta muy grave del artículo 23.1 a) del TRLISOS, que queda reservada únicamente para los supuestos en el que el trabajo por cuenta ajena resulte incompatible con la prestación que estuviere percibiendo el trabajador. Como es de ver en la redacción de los artículos 22 y 23 del TRLISOS, el legislador ha querido sancionar la infracción de la empresa que consiste en no solicitar la afiliación inicial o el alta de los trabajadores que ingresen a su servicio, o solicitar la misma, como consecuencia de actuación inspectora, fuera del plazo establecido.