Son nulas las cláusulas de preaviso pactadas superando el mínimo fijado en convenio colectivo
Enviado por Editorial el Vie, 23/12/2011 - 14:27De fecha 31 de marzo de 2011 es la sentencia del Tribunal Supremo dictada en relación a la validez de la cláusula de preaviso establecida por un periodo superior al mínimo fijado por convenio colectivo, interpretándose que cuando este habla de que el trabajador que desee resolver voluntariamente el contrato con anterioridad a su vencimiento, ha de ponerlo en conocimiento de la empresa con una antelación mínima determinada expresada en días, no significa que ese plazo mínimo pueda libremente ser incrementado por pacto entre las partes, ya que la antelación mínima se refiere a la comunicación del trabajador y supone que este puede avisar a la empresa con un tiempo superior, debiendo en todo caso respetar el plazo fijado en convenio que juega como mínimo imperativo. De la misma forma, fijar como obligatorio un plazo de preaviso superior al establecido en el convenio y penar su incumplimiento con el abono por el trabajador del salario correspondiente al periodo no preavisado, implica establecer una obligación más gravosa que la que el convenio impone.