El TSJ de Andalucía avala mantener el título de familia numerosa especial aunque un hijo cumpla 25 años
Enviado por Editorial el Mié, 28/12/2016 - 09:50La Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado un recurso interpuesto por la Junta de Andalucía contra una sentencia que avalaba mantener la categoría de familia numerosa especial a una familia cuyo hijo mayor –de los cuatro que la conformaban– había cumplido 25 años. La sentencia estima la pretensión de la familia razonando que el artículo 6 de la Ley 40/2003 «es aplicable tanto a las familias numerosas generales como especiales» porque cuando expresa que «el título seguirá en vigor» se refiere «al inicialmente otorgado, que en el caso que nos ocupa era de la categoría especial».
La familia acudió a la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de 20 de octubre de 2015 para renovar el título de familia numerosa, quien estimó su solicitud pero atribuyendo a la familia numerosa la clasificación de «categoría general». Constaba que la unidad familiar estaba compuesta por el recurrente, su cónyuge y cuatro hijos, pero uno de éstos había superado los 25 años de edad y, por tanto, perdía su condición de beneficiario, teniendo reconocido el hijo menor un grado de discapacidad superior al 33%.