Con entrada en vigor el 4 de diciembre, la Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Secretaría General del Fondo de Garantía Salarial, O.A., aprueba los nuevos modelos de certificación individual (anexo 1) y colectiva (anexos 2 y 3) de créditos laborales incluidos en la lista de acreedores del procedimiento concursal, que han de acompañar la solicitud de prestaciones de garantía salarial reguladas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
Cuando la solicitud de prestaciones tenga como causa de pedir un procedimiento concursal, los solicitantes deberán acreditar que los créditos laborales por los que se solicitan las prestaciones están incluidos en el procedimiento concursal de alguna de las formas previstas en la Ley Concursal. Como complemento de los informes y resoluciones concursales relativos a la inclusión del crédito, podrán acompañar el modelo de certificación correspondiente, debidamente cumplimentado por el administrador del concurso o por el órgano competente del mismo, a la solicitud de prestaciones de garantía salarial regulada en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
Las certificaciones colectivas (anexos 2 y 3) se deberán remitir al FOGASA en un archivo informático PDF firmado en formato OCR y en un archivo Excel protegido que permita la copia de datos, que estará a disposición en la página web del Organismo.