Legislación

Modelos de certificación de créditos laborales en procedimientos concursales: individual y colectiva

Modelos de certificación de créditos laborales en procedimientos concursales: individual y colectiva.  Imagen de un chico con su portatil con pantallas táctiles

Con entrada en vigor el 4 de diciembre, la Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Secretaría General del Fondo de Garantía Salarial, O.A., aprueba los nuevos modelos de certificación individual (anexo 1) y colectiva (anexos 2 y 3) de créditos laborales incluidos en la lista de acreedores del procedimiento concursal, que han de acompañar la solicitud de prestaciones de garantía salarial reguladas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Cuando la solicitud de prestaciones tenga como causa de pedir un procedimiento concursal, los solicitantes deberán acreditar que los créditos laborales por los que se solicitan las prestaciones están incluidos en el procedimiento concursal de alguna de las formas previstas en la Ley Concursal. Como complemento de los informes y resoluciones concursales relativos a la inclusión del crédito, podrán acompañar el modelo de certificación correspondiente, debidamente cumplimentado por el administrador del concurso o por el órgano competente del mismo, a la solicitud de prestaciones de garantía salarial regulada en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Las certificaciones colectivas (anexos 2 y 3) se deberán remitir al FOGASA en un archivo informático PDF firmado en formato OCR y en un archivo Excel protegido que permita la copia de datos, que estará a disposición en la página web del Organismo.

Medidas complementarias para hacer frente al impacto de la DANA: el RDL 8/2024

Medidas RDL 8 2024

Con entrada en vigor el 30 de noviembre, el Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, adopta medidas complementarias para hacer frente a los daños causados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

Continuando la senda del RDL 6/2024 (medidas en materia de Seguridad Social) y del RDL 7/2024 (medidas en materia de empleo y de Seguridad Social), a los que  complementa y modifica, el RDL 8/2024 establece:

Empresas de trabajo temporal: actualización de modelos

Empresas de trabajo temporal: actualización de modelos. Imagen de un ejemplo de modelo de contrato

En desarrollo Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las Empresa de Trabajo Temporal, se publica en el BOE del día 25 de noviembre, la Orden TES/1324/2024, de 20 de noviembre, que viene a sustituir a la Orden ESS/1680/2015, de 28 de julio, a la que deroga.

Esta Orden, en vigor el 1 de diciembre de 2024:

  • Aprueba la relación de códigos de identificación que forman parte del número de autorización administrativa de las empresas de trabajo temporal (ETT), necesaria para su inscripción en el Registro de Empresas de Trabajo Temporal (art. 1 y anexo I).
  • Establece el modelo de contrato de puesta a disposición, indicando que se consideran ajustados al mismo los contratos que, sin eliminar ninguno de los conceptos allí contenidos ni alterar su denominación, contengan modificaciones de carácter puramente formal o incluyan elementos adicionales de información (art. 3 y anexo II).

Nuevo marco legal para personas extranjeras en España: oportunidades y desafíos

Nuevo marco legal para personas extranjeras en España: oportunidades y desafíos. Imagen de un trabajador poniendo ladrillos en una fachada

Con entrada en vigor el 20 de mayo de 2025, en el BOE de 20 de noviembre se publica el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, derogándose el precedente (RD 557/2011, de 20 de abril).

Este nuevo instrumento normativo, que persigue responder a las necesidades del mercado laboral y adecuar la normativa interna a europea, introduce cambios relevantes en la regulación de la extranjería en nuestro país.

A continuación, se hará una primera aproximación a su contenido, exponiendo las novedades con mayor impacto en las relaciones laborales.

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Registro Electrónico de Apoderamientos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (REA-ITSS)

Registro Electrónico de Apoderamientos de la ITSS

En el BOE del 18 de noviembre se publica la Orden TES/1291/2024, de 13 de noviembre, cuya entrada en vigor se producirá el 2 de enero de 2025.

Esta norma regula los requisitos y condiciones de funcionamiento del Registro Electrónico de Apoderamientos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (REA-ITSS) y prevé la adopción de medidas de cooperación con otras Administraciones, entre ellas, la configuración de una aplicación informática de apoderamientos.

El REA-ITSS es una herramienta digital que permite inscribir los actos administrativos por los que las personas otorgan poderes a otros para que realicen trámites en su nombre (apoderamientos) en actuaciones inspectoras o en el marco de los procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social.

Nuevas medidas en materia de Seguridad Social para hacer frente al impacto de la DANA

Nuevas medidas en materia de Seguridad Social para hacer frente al impacto de la DANA. Imagen de muchas personas haciendo la imagen de un paragüas

El Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 (BOE de 12 de noviembre), recoge en su título VII las medidas en materia de Seguridad Social que se relacionan a continuación y que vienen a complementar y, en determinados supuestos, a modificar las contenidas en el RDL 6/2024.

Debe tenerse en cuenta que en esta reseña normativa se introducen los cambios operados en virtud del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre (BOE de 29 de noviembre), cambios que, conforme a su disposición transitoria única, se aplican de forma retroactiva a las solicitudes y procedimientos iniciados al amparo del RDL 7/2024.

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