El Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, publicado en el BOE del 9 de octubre y en vigor el 10 de octubre, desarrolla reglamentariamente la obligación empresarial establecida en el artículo 15.1 de la «Ley trans», de contar con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que deberá incluir un protocolo frente al acoso y la violencia.
¿Qué empresas estarán obligadas a negociar esas medidas?
Lo estarán las empresas que cuenten con más de 50 personas trabajadoras en su plantilla, para el resto será voluntaria.
Para calcular el número de personas trabajadoras que da lugar a esta obligación se tendrá en cuenta la plantilla total de la empresa, cualquiera que sea el número de centros de trabajo y la forma de contratación laboral.