TS. Permisos retribuidos. Hospitalización de familiares. Convenio que amplía los días en caso de «desplazamiento a otra localidad». El Supremo recuerda que basta el cambio de término municipal para que surja el derecho
Enviado por Editorial el Jue, 14/12/2023 - 10:06Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos. Permiso por hospitalización de familiares. Derecho a días adicionales por desplazamiento a una localidad (Móstoles) distinta a la de residencia de la persona trabajadora (El Álamo), distando entre ambas, 22 kilómetros. Convenio colectivo que a la hora de devengar el permiso de referencia alude a su ampliación en caso de que se precise “hacer un desplazamiento a otra localidad”.
La literalidad del precepto, que solo puede ceder ante la evidencia de que se haya perseguido acordar algo diverso, es bien elocuente. La norma se refiere al desplazamiento a otra localidad. Pudiendo haber elegido otros muchos parámetros administrativos (provincial, Comunidad Autónoma), geográficos (kilómetros en línea recta o por carretera convencional), cronológicos (tiempo estimando en transporte público o privado) o funcionales (necesidad de pernocta o de almuerzo) se ha optado precisamente por el reseñado. No solo eso, sino que se ha invocado el viaje a otra localidad, sin adicionar dato alguno sobre su ubicación.