Pensión de orfandad. Derecho de acrecimiento con el importe de la pensión de viudedad cuando el huérfano no es absoluto
Enviado por mariacampos el Jue, 01/08/2013 - 15:19SSTS de 10 de mayo y 28 de junio de 2013 (recs. núms. 1692/2012 y 2160/2012)
El núcleo de la cuestión se centra básicamente en la posibilidad de acrecimiento de la pensión de orfandad ante una inexistente pensión de viudedad, en el caso de huérfanos que no tienen el carácter de absolutos, es decir, en ambos casos existe un progenitor sobreviviente.