Jurisprudencia julio de 2007
Enviado por Editorial el Vie, 20/07/2007 - 13:47La jubilación forzosa en virtud del convenio de aplicación es posible antes del cumplimiento de los 65 años
El Tribunal Constitucional, en sentencia de 9 de octubre de 2006, sobre el cese de un trabajador por jubilación forzosa en virtud de convenio colectivo antes de cumplir sesenta y cinco años de edad, ha establecido la justificación de la medida cuando va ligada a políticas de empleo y no se impida al trabajador acceder a las prestaciones correspondientes de Seguridad Social (sentencia publicada en Normacef Social, NSJ023238, y en la Revista de Trabajo y Seguridad Social del CEF, núm. 292, julio 2007).