«Continuar con el mismo objetivo que en ejercicios anteriores» es el fin predicado en el Preámbulo de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 (LPGE), publicada en el BOE del 30 de diciembre de 2014 (corrección de errores en BOE de 24 de marzo de 2015).
Como si de un «mantra» se tratara, estabilidad y sostenibilidad permitirán consolidar una política económica orientada al crecimiento económico y la creación del empleo y, a fin de fijar y reforzar ese pensamiento circular, la LPGE perseguirá como objetivo prioritario para el próximo ejercicio reducir el déficit público y, sin descuidarlo, buscará, además, efectuar una más eficiente asignación de recursos públicos.
Como viene siendo habitual, esta ley incorpora todo un conjunto de medidas (104 artículos, 97 disposiciones adicionales –esta vez sistematizadas–, 7 transitorias, 25 finales y, eso sí, una única derogatoria) que tienen incidencia en nuestro ámbito y que, en esta ocasión, deberán conectarse con otras precedentes y simultáneas, algunas publicadas en el mismo día como el RDL 17/2014 –que deroga una de sus disposiciones adicionales (la 48ª)–, sin las cuales el análisis resultaría incompleto.
D. José Antonio PANIZO ROBLES ha realizado el oportuno análisis de las cuestiones que en materia de Seguridad Social (cotización, revalorización de pensiones y acción protectora) se abordan en esta ley, y al que se puede acceder pulsando: «EN ABIERTO»