El Real Decreto-Ley 4/2015, de 22 de marzo (BOE de 23 de marzo y corrección de errorres de 16 de abril), para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, implica una «reforma integral» del modelo de formación profesional para el empleo.
Pero la articulación normativa de la transformación del modelo solo acaba de comenzar. El marco jurídico vigente, constituido por el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, y todas las normas que lo desarrollan, se mantendrá vigente en aquellos aspectos en los que no pueda ser de aplicación directa lo establecido en el RDL que se presenta, y hasta tanto no se desarrollen reglamentariamente sus previsiones para lo cual se concede un plazo que expira el 24 de septiembre de 2015 (vid. disps. trans. 1ª y final 6ª RDL).
Sin embargo, este desarrollo normativo posterior no impide la puesta en marcha, con fecha 24 de marzo de 2015, de los elementos esenciales de este nuevo modelo. De este modo, profundizando en la senda iniciada con la Ley de reforma del mercado laboral y dado que la formación, como a nadie se escapa, tiene un papel esencial en la articulación de todos los cambios, también del tan repetido «cambio del modelo productivo», el RDL 4/2015 viene –conforme se indica en su Preámbulo– a corregir las debilidades del hasta ahora vigente y persigue cinco objetivos estratégicos cuyos ejes, resumidos a continuación, suponen el diseño e implantación de un nuevo marco legal que exige la modificación de la Ley de Empleo (vid. cuadro comparativo).
- OBJETIVOS ESTRATÉGICOS DEL NUEVO MODELO:
1º PLANIFICACIÓN Y FINANCIACIÓN DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO
2º PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA FORMACIÓN
3º CONTROL DE LA FORMACIÓN Y RÉGIMEN SANCIONADOR
4º SISTEMAS DE INFORMACIÓN, EVALUACIÓN Y CALIDAD
5º GOBERNANZA DEL SISTEMA