El derecho a la no discriminación por razón de discapacidad comprende el derecho a los ajustes razonables en el puesto de trabajo
Enviado por Editorial el Vie, 19/02/2021 - 10:34EL TC DECLARA QUE LA ADMINISTRACIÓN HA VULNERADO EL DERECHO A LA IGUALDAD DE UNA PERSONA CON ‘SÍNDROME DE ASPERGER’ POR SANCIONARLE SIN TOMAR EN CONSIDERACIÓN SUS CIRCUNSTANCIAS Y SU PETICIÓN DE AJUSTES RAZONABLES EN EL PUESTO DE TRABAJO, INCURRIENDO ASÍ EN DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE DISCAPACIDAD
La Sala Primera del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de amparo de un letrado de la administración de justicia con síndrome de Asperger, que fue sancionado por "incumplimiento reiterado de las funciones inherentes al puesto de trabajo o funciones encomendadas”. Tras un intento fallido de jubilación por incapacidad permanente del recurrente en amparo, instada de oficio, la Administración inició un procedimiento disciplinario, en el curso del cual el recurrente reveló padecer síndrome de Asperger, argumentando que las deficiencias que se le imputaban en el ejercicio de sus funciones se debían a que su discapacidad dificultaba su desempeño, solicitando por ello ajustes razonables en su puesto de trabajo conforme a la normativa sobre los derechos de las personas con discapacidad. La Administración no dio respuesta razonable ni suficiente a dicha alegación, ni a la petición de ajustes razonables.