Aprobado un nuevo modelo de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF para rendimientos del trabajo: el modelo 111
Enviado por Editorial el Vie, 18/03/2011 - 10:40Con entrada en vigor el 19 de marzo de 2011 y surtiendo efectos respecto de las autoliquidaciones de retenciones e ingresos a cuenta que correspondan al primer trimestre o, en su caso, a las del mes de marzo cuando se trate de autoliquidaciones mensuales, ambas de 2011 y siguientes, la Orden EHA/586/2011, de 9 de marzo, aprueba el modelo 111 de autoliquidación de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.
La novedad más significativa contenida en esta disposición es la supresión del modelo 110 y la aprobación de un nuevo modelo 111 de autoliquidación que puede ser utilizado con carácter general por retenedores u obligados que deban realizar mensual o trimestralmente la declaración e ingreso de las cantidades retenidas.
Respecto a sus formas de presentación se mantiene el esquema existente hasta ahora en virtud del cual las entidades que tengan la consideración de gran Empresa o de Administraciones Públicas, así como aquellas entidades que tengan la forma jurídica de sociedad anónima o de sociedad de responsabilidad limitada, están obligadas su presentación telemática por Internet.